Qué incluye la cuota, y qué no.
Alcance detallado por perfil, en dos columnas enfrentadas, y lista de lo que se presupuesta aparte con el motivo. Sin zonas grises ni sorpresas en la factura.
1. Alcance detallado por perfil
Revisa la tabla correspondiente a la forma jurídica de tu actividad:
Autónomos y profesionales
Autónomos: alcance explícito
Qué incluye la cuota
- Alta censal y modificaciones de actividad en Hacienda (Modelos 036 / 037).
- Confección y presentación de declaraciones trimestrales de IVA (Modelo 303).
- Confección y presentación del pago fraccionado de IRPF (Modelo 130).
- Retenciones de empleados y de alquileres (Modelos 111 y 115).
- Resúmenes anuales informativos (Modelos 390, 190, 180).
- Libro registro obligatorio de ingresos, gastos y bienes de inversión según normativa AEAT.
- Área de cliente con estado de cada modelo en tiempo real y justificante archivado.
- Asignación de una persona asesora técnica responsable de tu expediente.
Qué no incluye (o se presupuesta aparte)
- Declaración anual de IRPF personal (Renta): se presupuesta aparte según complejidad patrimonial.
- Defensa presencial en inspecciones tributarias o recursos ante el TEAR.
- Contabilidad por partida doble societaria o libros mercantiles.
- Gestión de nóminas si no se contrata el módulo laboral específico.
- Consultas complejas de derecho societario o herencias.
Sociedades mercantiles (SL)
Sociedades: alcance explícito
Qué incluye la cuota
- Contabilidad oficial completa por partida doble ajustada al Plan General Contable.
- Liquidaciones tributarias trimestrales (IVA 303, retenciones 111/115, pagos fraccionados 202).
- Confección, verificación y presentación del Impuesto sobre Sociedades (Modelo 200).
- Legalización telemática de libros obligatorios en el Registro Mercantil correspondiente.
- Formulación y depósito telemático de Cuentas Anuales en el Registro Mercantil.
- Conciliación bancaria mensual de extractos aportados por el cliente.
- Panel de cliente con fechas de formulación, aprobación y justificante de registro.
Qué no incluye (o se presupuesta aparte)
- Auditoría externa o informe de auditor de cuentas.
- Operaciones de reestructuración societaria (fusiones, escisiones, disoluciones notariales).
- Presentación de recursos ante la vía judicial o contencioso-administrativa.
- Gestión de cobro a clientes o emisión directa de facturas del negocio.
- Operaciones vinculadas de especial complejidad que requieran tasación pericial independiente.
Comercio electrónico y negocios digitales
Negocios digitales y comercio electrónico: alcance explícito
Qué incluye la cuota
- Tributación de ventas a consumidores finales en la UE mediante ventanilla única (Modelo 369 OSS).
- Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias B2B (Modelo 349).
- Conciliación periódica de pasarelas de pago (Stripe, Shopify Payments, PayPal) contra facturación.
- Revisión de la deducibilidad de servicios SaaS extranjeros (software en la nube, servidores AWS/Google).
- Verificación censal en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI/VIES).
- Supervisión del umbral de 10.000 € anuales de ventas a distancia en la Unión Europea.
Qué no incluye (o se presupuesta aparte)
- Registro fiscal directo en Administraciones tributarias de otros países fuera del sistema OSS.
- Representación fiscal permanente en jurisdicciones extranjeras.
- Gestión de aranceles e intermediación aduanera directa en importaciones físicas extracomunitarias.
- Configuración técnica del checkout de la tienda o integración de APIs en la web.
Lo que se presupuesta aparte, y por qué
Por qué: la cuota mensual de asesoría cubre las obligaciones derivadas de la actividad económica del negocio. La declaración de IRPF personal incluye bienes inmuebles, herencias, rendimientos del trabajo ajenos a la actividad o ganancias de capital ajenas, y debe presupuestarse según su casuística particular.
Por qué: auditar y regularizar asientos contables de trimestres o años anteriores gestionados por otra asesoría requiere una dedicación técnica extraordinaria que se presupuesta por volumen de horas y asientos.
Por qué: las ampliaciones de capital, nombramientos de administradores o cambios de estatutos exigen la redacción de actas notariales e inscripción individualizada independiente del mantenimiento mensual.
Plazo de respuesta comprometido
Respuesta técnica en menos de 24 horas laborables. Si la consulta exige estudio normativo especial, se acusa recibo y se fecha la entrega.
Presentación telemática con antelación mínima de 48 horas respecto al límite de domiciliación bancaria oficial de la AEAT.
Qué necesitamos de ti para sostenerlo
Un servicio riguroso exige una colaboración bilateral ordenada. Para cumplir con los plazos comprometidos requerimos:
- Entrega de facturas y extractos bancarios antes del día 10 del mes siguiente al cierre del trimestre.
- Certificado digital de la entidad o persona física vigente y operativo para la relación con las Administraciones Públicas.
- Canalización de la documentación exclusivamente a través del área de cliente o correo seguro autorizado.