Fiscalidad de negocios digitales y comercio electrónico.
Ventas a distancia, servicios prestados fuera de España y conciliación con plataformas y pasarelas de pago, revisadas caso a caso y con norma fechada. Sin aplicar la plantilla de una tienda tradicional a un negocio en la nube.
A quién le aplica y a quién no
- • Tiendas online de venta a consumidores finales (B2C) en varios países de la Unión Europea.
- • Empresas SaaS que facturan suscripciones de software a clientes internacionales.
- • Creadores de contenido y agencias digitales que cobran comisiones o servicios de plataformas extranjeras (Google, Stripe, Meta, Amazon).
- • Profesionales con clientes corporativos B2B intracomunitarios dados de alta en VIES.
- • Comercios tradicionales con venta exclusivamente física en mostrador.
- • Empresas que buscan esquemas opacos o deslocalizaciones ficticias sin residencia real.
- • Operativas en Ceuta (derivadas obligatoriamente a DLG Asesores Ceuta).
Qué cambia cuando vendes fuera de España
Desde la entrada en vigor de la directiva europea de comercio electrónico, si vendes bienes o servicios digitales a particulares en la UE y superas el umbral conjunto de 10.000 € anuales, debes tributar el IVA al tipo del país de residencia de tu comprador.
Conciliación con plataformas y pasarelas
El error más común de los negocios digitales es registrar solo el importe neto ingresado en la cuenta bancaria. Hacienda exige declarar las ventas brutas y deducir las comisiones de intermediación justificadas con su factura correspondiente.
Conciliamos el volumen bruto facturado con los pagos descontando fees y fondos de reserva para cuadrar las cuentas puente.
Aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo en compras de software (AWS, Slack, GitHub) con el tipo de cambio oficial BCE.
Revisión de informes de liquidación de inventario FBA e imputación correcta del IVA según el almacén de expedición.
Qué no hacemos: registro ni representación en otros países
Gestionamos la fiscalidad de tu entidad española respecto a sus operaciones exteriores a través de los sistemas oficiales españoles (OSS, ROI, Modelo 349, retenciones no residentes). No actuamos como agentes aduaneros directos, no tramitamos registros de IVA locales en Administraciones tributarias extranjeras fuera de la ventanilla única ni ejercemos representación fiscal física en otros estados.
Preguntas frecuentes sobre fiscalidad digital
¿Cómo justifico las facturas de proveedores de EE.UU. como Google o OpenAI?
Descargamos los invoices con tu Tax ID o NIF de la empresa y los contabilizamos como gastos deducibles sin IVA nacional, registrando la operación no sujeta por localización del servicio.
¿Qué pasa si un cliente de la UE me pide no pagar IVA con su número VIES?
Comprobamos la validez de su NIF-IVA en la base de datos oficial europea VIES. Si es válido y se trata de una entrega intracomunitaria B2B, emitimos factura exenta y la declaramos en el Modelo 349.